La Rioja retira el confinamiento a Calahorra, Arnedo y Rincón y prorroga las medidas que limitan las reuniones a 6 personas a toda la región
El Consejo de Gobierno ha establecido una nueva estrategia de vigilancia intensiva para contener la evolución de la pandemia del COVID 19 en La Rioja. “Entre todos hemos conseguido controlar el pico de la pandemia en los municipios con mayor incidencia y por eso ahora, en colaboración con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, y a través de Delegación de Gobierno, se va a reforzar la vigilancia selectiva e intensiva por zonas y horas de riesgo, sin controles genéricos en las carreteras”, explicó la consejera de Salud y portavoz del ejecutivo, Sara Alba.
El Consejo de Gobierno ha decidido no prorrogar por más tiempo las medidas sanitarias específicas aprobadas la semana pasada para Calahorra, Arnedo y Rincón de Soto. “Aunque siguen teniendo cifras de incidencia acumulada altas, han registrado descensos medios del 30%”, detalló Alba. La Consejera de Salud y Portavoz explicaba que “estos descensos son la prueba de que las medidas funcionan cuando tienen que funcionar. Sólo hay que seguirlas como bien han demostrado los vecinos de estos tres municipios en los últimos días”.
Ante la evolución de la pandemia en la comunidad, Sara Alba ha insistido también en que “contener la incidencia de la pandemia es tarea de todos. Si lo hemos hecho en el pasado, podemos volver a hacerlo”. Así mismo, ha pedido a la sociedad riojana que haga suyo el concepto de responsabilidad acumulada “porque no basta con ser responsable un día, tenemos que serlo todos y en todo momento.
Hoy también, el Consejo de Gobierno, ha decidido prorrogar las medidas específicas y recomendaciones de prevención sanitaria en vigor desde el pasado 17 de septiembre.
Medidas
– Reuniones sociales: Se limita a 6 personas el número de personas que pueden estar reunidas tanto en espacios públicos como privados, con las excepciones que se especifican en el Acuerdo de Gobierno de 1 de septiembre de 2020, modificado por otro de 7 de septiembre.
– Establecimientos de hostelería, restauración, bares, cafeterías, sociedades gastronómicas o recreativo-culturales: Se garantizará una distancia mínima entre los clientes de mesa o agrupaciones de mesa de 1,5 metros, con un máximo de 6 personas por mesa o agrupación de ellas, tanto en el interior del local como en la terraza.
– Museos, salas de exposiciones, monumentos y otros equipamientos culturales: En aquellos eventos que impliquen concurrencia de varias personas en un mismo espacio, tales como actividades educativas, conferencias, talleres, conciertos y, en general, programas públicos, se limitará la asistencia a grupos de 6 personas, incluido el monitor guía. Se deben establecer las medidas necesarias para mantener la distancia de seguridad interpersonal de 1,5 metros y el uso de mascarilla.
– Ejercicio físico y deporte al aire libre: El ejercicio físico al aire libre podrá practicarse en grupos de un máximo de 6 personas, respetando las medidas de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias, especialmente en relación con el mantenimiento de la distancia de seguridad interpersonal de 1,5 metros cuando no se trate de grupos de connivencia estable y la utilización de mascarillas.
– Actividad cinegética: El grupo de cazadores no podrá superar las 6 personas.
– Pesca recreativa: No estarán permitidos grupos de personas de más de 6 personas.
– Turismo activo y de naturaleza, centros de interpretación y similares: Se permiten las actividades de guía turístico que se concertarán, preferentemente, mediante cita previa y los grupos serán de un máximo de 6 personas.
– Actividades de tiempo libre dirigidas a la población infantil y juvenil: Durante el desarrollo de las actividades se deberá organizar a los participantes en grupos de hasta un máximo de 6 personas, incluido el monitor. Las actividades e interacciones se restringirán a los componentes de cada uno de estos grupos. Hay excepciones: Estos límites no se aplicarán a personas convivientes y no afectarán a las excepciones que se especifican en el Acuerdo de Gobierno de 1 de septiembre de 2020, modificadas por otro de 7 de septiembre.
– Venta de alcohol: Se prohíbe la venta de alcohol a partir de las 22:00 horas en todo tipo de establecimientos de venta al público, independientemente de la licencia con la que operen, excepto en hostelería, bares, cafeterías y restaurantes.
Además, se establecen las siguientes recomendaciones:
Se recomienda la limitación a la ciudadanía riojana, todo lo posible, de la libre circulación fuera de su respectivo municipio, salvo que tengan que desplazarse por alguno de los siguientes motivos:
- Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios y centros de enseñanza obligatoria.
- Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales o empresariales.
- Retorno al lugar de residencia habitual.
- Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
- Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
- Cualquier otra actividad de análoga naturaleza.
Otras recomendaciones generales:
- A las personas que padezcan síntomas compatibles con la COVID-19, la permanencia en sus domicilios y contactar telefónicamente con los servicios de salud.
- A las personas mayores o personas con condiciones crónicas con un riesgo adicional de padecer formas graves de COVID-19, la permanencia en el domicilio mientras dure la situación epidemiológica adversa.
- Establecer servicios de envío a domicilio u horarios de atención prioritaria a ciertos grupos de edad o personas con determinadas condiciones crónicas de salud, especialmente supermercados y farmacias.
- Limitar el número de contactos al mínimo posible, preferiblemente a los grupos de convivencia habitual.
- Optar por la opción del teletrabajo, siempre que esté disponible y compatible con el buen funcionamiento de las Organizaciones.
Las anteriores medidas afectarán por igual a todo el territorio de La Rioja. Entrarán en vigor a partir de su publicación en el BOR y mantendrán su vigencia hasta las 00:00 horas del 15 de octubre de 2020, siendo prorrogables en función de la evolución de la situación epidemiológica de la región.