El Gobierno de La Rioja impide el tránsito de vehículos a motor por pistas forestales ante el riesgo extremo de incendio forestal
Esta medida se prolongará varios días hasta que el riesgo de incendio forestal descienda en la región.
La Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente señalizará y cerrará a lo largo de estos días las pistas forestales, impidiendo así el tránsito de vehículos a motor por las mismas. Se trata de una medida extraordinaria motivada por el actual nivel de “riesgo extremo” de incendio forestal en el que se encuentra la región y que previsiblemente se prolongará durante la semana próxima.
Los factores que han motivado esta decisión son varios ya que La Rioja, al igual que otras zonas de la península ibérica, atraviesa una ola de calor intensa, además de meses de sequía prolongada y, en esta época de finales de verano, el estado de la vegetación hace que el combustible vegetal sea más abundante y seco incrementando así el riesgo de incendio forestal. Por todo ello, la Dirección General de Medio Natural y Paisaje procederá a colocar unas señales al inicio de las pistas forestales que prohibirán el tránsito de vehículos a motor por las pistas forestales afectadas. De manera paralela, esta prohibición se va a notificar a todos los ayuntamientos de la región.
Ya el pasado año y a nivel nacional, se tomaron medidas encaminadas a reducir el riesgo ante situaciones tan adversas como las que se dan en la actualidad. Estas condiciones meteorológicas provocaron grandes incendios forestales que motivaron la modificación de la Ley de Montes, mediante la publicación del Real Decreto Ley 15/2022, de 1 de agosto, que estableció la necesidad de limitar o prohibir determinas actividades en caso de riesgo muy alto o extremo de incendio forestal, de acuerdo con la información que publica la Agencia Española de Meteorología (AEMET).
En la Comunidad Autónoma de La Rioja, dicho Real Decreto Ley 15/2022 se tradujo en la publicación de la Resolución 4/2023, de 11 de julio, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Medio Rural y Medio Ambiente (B. O. R. nº 146, 18/07/2023), por la que se establecen limitaciones para la realización de determinadas actividades en base al riesgo de incendio forestal, que en su Anexo I regula, entre otras actividades, la circulación de vehículos a motor (de combustión interna) por terrenos forestales.
Desde la Dirección General de Medio Natural y Paisaje, con la colaboración del sistema de información geográfica de La Rioja IDERioja se ha implementado una herramienta digital para facilitar a los diferentes sectores profesionales y a la ciudadanía en general información detallada sobre los niveles de riesgo forestal en cada una de las localidades de La Rioja y su previsión a siete días vista. Este mapa georreferenciado que incluye la previsión de AEMET puede consultarse a través del siguiente enlace https://www.iderioja.larioja.org/tematicos/riesgo_incendios/. De igual forma, la información que recoge todas las limitaciones y prohibiciones para la realización de determinadas actividades en base al riesgo de incendio forestal está disponible en https://www.larioja.org/medio-ambiente/es/gestion-forestal-incendios-forestales/incendios-forestales/limitaciones-prohibiciones-realizacion-determinadas-activid